miércoles, 1 de octubre de 2014

Acción de inconstitucionalidad contra Ley 9221 pone en peligro destinos turísticos costeros


CANATUR, CCH y Cámara de Turismo del Caribe Sur denuncian

  • Fallo a favor de dicha acción, obligaría a la demolición de empresas turísticas, comercio y viviendas en zonas costeras.
  • Puerto Viejo depende 100% del turismo, por lo que la medida provocaría la desaparición del destino.

Miércoles 01 de octubre, 2014. La Cámara Nacional de Turismo, (CANATUR), presentó una acción de coadyuvancia en contra de la acción de inconstitucionalidad que pretende derogar el Artículo 8 de la Ley N° 9221, Ley Marco para la Declaratoria de la Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento Territorial, puesto que pone en peligro no sólo la actividad turística sino la residencia en los pueblos costeros.

La acción interpuesta por CANATUR fue acompañada por coadyuvancias similares presentadas por la Cámara Costarricense de Hoteles (CCH) y la Cámara de Turismo y Comercio del Caribe Sur (CATCCAS), en la que denuncian que, en caso de declarar la inconstitucionalidad de la Ley, la cual se tramita en la Sala Constitucional bajo el expendiente 14-007500-0007-CO, se traduciría en el cierre masivo de empresas turísticas, locales comerciales y la pérdida de propiedades para los vecinos de estas zonas, situación que alarma principalmente a la región de Puerto Viejo, en Limón.

El Artículo 8 de la Ley N° 9221, Ley Marco para la Declaratoria de la Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento Territorial, indica que se podrán otorgar concesiones en las zonas urbanas litorales conforme lo que indica dicha Ley, así como al plan regulador urbano de la localidad; no obstante quedan excluidos los terrenos que presentan las siguientes condiciones:

  • Espacios abiertos de uso común
  • Terrenos que posibiliten el libre acceso a la costa
  • Los afectos a un régimen de patrimonio natural del Estado, que no correspondan al dominio público
  • Espacios ubicados en los cincuenta metros contiguos a la pleamar ordinaria (nivel más alto que alcanza el agua del mar durante la marea alta), que no hayan sido objeto de ocupación antes de la entrada en vigencia de esta ley

De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley, las concesiones que se otorguen en los cincuenta metros contiguos a la pleamar ordinaria (nivel más alto que alcanza el agua del mar durante la marea alta), estarán condicionadas a que no se modifique el uso ni se amplíe la densidad de la construcción que tenía el terreno antes de la entrada en vigencia de esta Ley, siempre y cuando tales condiciones hayan sido avaladas por el plan regulador urbano y no incumplan la normativa ambiental vigente.

“Para CANATUR, la finalidad de presentar esta acción va en defensa de los intereses de los empresarios y vecinos de las zonas costeras que han tenido posesión histórica de tierras y que instalaron sus negocios y viviendas. Una vez aprobada la Ley 9221, se dio tranquilidad a los pobladores de las zonas costeras, sin embargo existe preocupación de que la Sala declare la inconstitucionalidad del Artículo 8, porque procedería la demolición de toda la infraestructura de la zona en conflicto, generando un daño económico y social irreparable a la comunidad y enviando una grave señal de inseguridad jurídica”, advirtió Pablo Heriberto Abarca, Presidente de CANATUR.

El sector hotelero comparte la posición de CANATUR, ya que la acción de inconstitucionalidad provocaría la desaparición de regiones turísticas del país.

“El análisis no está hecho con los ojos del sector turístico ni de la seguridad jurídica de los habitantes de las zonas costeras, porque ellos tienen ocupación en esos territorios desde hace muchos años y evidentemente esta Ley vino a regularizar su estado de propiedad”, señaló Gustavo Araya, Presidente de CCH.

La preocupación es latente entre los empresarios y vecinos de Puerto Viejo, una de las zonas donde la derogatoria del artículo 8 de la Ley 9221 tendrá un mayor impacto.

“Puerto Viejo fue conformado antes de entrar la Ley de Zonas Marítimas Terrestres, pero su impacto será muy profundo, ya que el 90% de la comunidad se encuentra precisamente dentro de esa Zona, por lo que si la Sala Constitucional procede con la Acción de Inconstitucionalidad, significaría que el pueblo deberá desaparecer”, explicó Jorge Molina, Presidente de la Cámara de Turismo y Comercio del Caribe Sur (CATCCAS).

Molina subrayó que el impacto económico también será grave, ya que CATCCAS tiene registradas 44 empresas turísticas, entre establecimientos de hospedaje, restaurantes y tour operadores, sin contar una serie de microempresas y otros servicios comerciales de la zona.

“En Puerto Viejo, así como en las otras comunidades costeras del Caribe, Manzanillo y Cahuita, el 100% de los pobladores dependen directa o indirectamente del turismo. Si nos obligan a desalojar tenemos que buscar otras alternativas de trabajo como ir a las bananeras y esto nos implicaría abandonar la zona”, manifestó el Jerarca de CATCCAS.

Las coadyuvancias presentadas por las Cámaras solicitan tres acciones en específico: primero, que les permita intervenir en el proceso para velar por los intereses legítimos de la industria turística y los pobladores afectados; segundo, que la Sala Constitucional deje sin efecto la acción inconstitucional presentada contra el Artículo 8 de la Ley 9221 y, por último, que no se prescinda de la audiencia a efecto de escuchar las conclusiones de las partes apersonadas en el proceso, la cual está prevista en los artículos 10 y 85 de la Ley de Jurisdicción Constitucional Ley N°7135.


Luis Alonso Quirós Sánchez
Imagen y Comunicación Creativa
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