CANATUR, CCH y Cámara de Turismo del Caribe
Sur denuncian
- Fallo a favor de dicha
acción, obligaría a la demolición de empresas turísticas, comercio y
viviendas en zonas costeras.
- Puerto Viejo depende
100% del turismo, por lo que la medida provocaría la desaparición del
destino.
Miércoles 01 de octubre, 2014. La Cámara Nacional de Turismo, (CANATUR),
presentó una acción de coadyuvancia en contra de la acción de inconstitucionalidad
que pretende derogar el Artículo 8 de la Ley N° 9221, Ley Marco para la
Declaratoria de la Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y Aprovechamiento
Territorial, puesto que pone en peligro no sólo la actividad turística sino la
residencia en los pueblos costeros.
La acción interpuesta por CANATUR fue
acompañada por coadyuvancias similares presentadas por la Cámara Costarricense
de Hoteles (CCH) y la Cámara de Turismo y Comercio del Caribe Sur (CATCCAS), en
la que denuncian que, en caso de declarar la inconstitucionalidad de la Ley, la
cual se tramita en la Sala Constitucional bajo el expendiente
14-007500-0007-CO, se traduciría en el cierre masivo de empresas turísticas,
locales comerciales y la pérdida de propiedades para los vecinos de estas
zonas, situación que alarma principalmente a la región de Puerto Viejo, en
Limón.
El Artículo 8 de la Ley N° 9221, Ley Marco
para la Declaratoria de la Zona Urbana Litoral y su Régimen de Uso y
Aprovechamiento Territorial, indica que se podrán otorgar concesiones en las
zonas urbanas litorales conforme lo que indica dicha Ley, así como al plan
regulador urbano de la localidad; no obstante quedan excluidos los terrenos que
presentan las siguientes condiciones:
- Espacios abiertos de uso común
- Terrenos que posibiliten el libre acceso a la costa
- Los afectos a un régimen de patrimonio natural del Estado, que no correspondan al dominio público
- Espacios ubicados en los cincuenta metros contiguos a la pleamar ordinaria (nivel más alto que alcanza el agua del mar durante la marea alta), que no hayan sido objeto de ocupación antes de la entrada en vigencia de esta ley
De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley, las
concesiones que se otorguen en los cincuenta metros contiguos a la pleamar
ordinaria (nivel más alto que alcanza el agua del mar durante la marea alta), estarán
condicionadas a que no se modifique el uso ni se amplíe la densidad de la
construcción que tenía el terreno antes de la entrada en vigencia de esta Ley,
siempre y cuando tales condiciones hayan sido avaladas por el plan regulador
urbano y no incumplan la normativa ambiental vigente.
“Para CANATUR, la finalidad de presentar esta
acción va en defensa de los intereses de los empresarios y vecinos de las zonas
costeras que han tenido posesión histórica de tierras y que instalaron sus
negocios y viviendas. Una vez aprobada la Ley 9221, se dio tranquilidad a los
pobladores de las zonas costeras, sin embargo existe preocupación de que la
Sala declare la inconstitucionalidad del Artículo 8, porque procedería la
demolición de toda la infraestructura de la zona en conflicto, generando un
daño económico y social irreparable a la comunidad y enviando una grave señal
de inseguridad jurídica”, advirtió Pablo Heriberto Abarca, Presidente de
CANATUR.
El sector hotelero comparte la posición de
CANATUR, ya que la acción de inconstitucionalidad provocaría la desaparición de
regiones turísticas del país.
“El análisis no está hecho con los ojos del
sector turístico ni de la seguridad jurídica de los habitantes de las zonas
costeras, porque ellos tienen ocupación en esos territorios desde hace muchos
años y evidentemente esta Ley vino a regularizar su estado de propiedad”,
señaló Gustavo Araya, Presidente de CCH.
La preocupación es latente entre los
empresarios y vecinos de Puerto Viejo, una de las zonas donde la derogatoria
del artículo 8 de la Ley 9221 tendrá un mayor impacto.
“Puerto Viejo fue conformado antes de entrar
la Ley de Zonas Marítimas Terrestres, pero su impacto será muy profundo, ya que
el 90% de la comunidad se encuentra precisamente dentro de esa Zona, por lo que
si la Sala Constitucional procede con la Acción de Inconstitucionalidad,
significaría que el pueblo deberá desaparecer”, explicó Jorge Molina,
Presidente de la Cámara de Turismo y Comercio del Caribe Sur (CATCCAS).
Molina subrayó que el impacto económico
también será grave, ya que CATCCAS tiene registradas 44 empresas turísticas,
entre establecimientos de hospedaje, restaurantes y tour operadores, sin contar
una serie de microempresas y otros servicios comerciales de la zona.
“En Puerto Viejo, así como en las otras
comunidades costeras del Caribe, Manzanillo y Cahuita, el 100% de los
pobladores dependen directa o indirectamente del turismo. Si nos obligan a
desalojar tenemos que buscar otras alternativas de trabajo como ir a las
bananeras y esto nos implicaría abandonar la zona”, manifestó el Jerarca de
CATCCAS.
Las coadyuvancias presentadas por las Cámaras
solicitan tres acciones en específico: primero, que les permita intervenir en
el proceso para velar por los intereses legítimos de la industria turística y
los pobladores afectados; segundo, que la Sala Constitucional deje sin efecto
la acción inconstitucional presentada contra el Artículo 8 de la Ley 9221 y,
por último, que no se prescinda de la audiencia a efecto de escuchar las
conclusiones de las partes apersonadas en el proceso, la cual está prevista en
los artículos 10 y 85 de la Ley de Jurisdicción Constitucional Ley N°7135.
Luis Alonso Quirós Sánchez
Imagen y Comunicación
Creativa
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