miércoles, 30 de abril de 2014

Semana Santa cerró con 72% de ocupación hotelera


 

  • Puntarenas e Islas de Golfo (incluye Monteverde), fue la región con mayor ocupación: 86,13%.
  • 73% de los consultados calificaron positivamente la demanda presentada en dicho período.
Miércoles 30 de abril 2014. La demanda de hospedaje para el período de Semana Santa resultó positiva para el sector hotelero, ya que siete de cada diez habitaciones estuvieron ocupadas de acuerdo a un monitoreo de la ocupación realizado por la Cámara Nacional de Turismo. 

El estudio, que comprendió el período del viernes 11 al domingo 20 de abril, abarcó a 147 establecimientos de hospedaje de todas las Unidades de Planeamiento del país, que significó alrededor de cinco mil habitaciones. La consulta tuvo como objetivos monitorear la demanda general, la ocupación de turismo nacional y el nivel de satisfacción de los empresarios en relación con el comportamiento reportado durante el período de estudio.

De acuerdo con los resultados, la ocupación general fue de 71,93% y, aunque no alcanzó las expectativas que el sector había reportado, el 73% de los empresarios consultados señaló que la demanda fue entre “Muy buena” y “Buena”, durante Semana Santa.

Ocupación Semana Santa 2014
Unidad de Planeamiento
Ocupación
Puntarenas e Islas del Golfo (incluye Monteverde)
86,13%
Pacífico Central
84,09%
Guanacaste
81,83%
Llanuras del Norte
79,94%
Caribe
72,75%
Pacífico Sur
65,14%
Valle Central
44,78%
Ocupación general
71,93%
Fuente: sondeo de CANATUR a 147 establecimientos de hospedaje
 “El nivel de la demanda fue muy bueno para un período donde muchos costarricenses tienen disponibilidad de tiempo que les permite tomar vacaciones en familia. A pesar de que no se alcanzó la expectativa de ocupación planteada, la cual rondaba el 82%, hay que tomar en cuenta que la Semana Santa es un período alimentado principalmente por el turismo nacional, el cual cuenta con una amplia oferta turística de opciones de hospedaje, tours, restaurantes, agencias, entre otros, que finalmente distribuye la demanda”, explicó Isabel Vargas, Presidenta de CANATUR.

Los establecimientos de hospedaje de Puntarenas e Islas, (incluye Monteverde), fueron los que reportaron la ocupación más alta con 86,13%, mientras que el nivel más bajo se registró en el Valle Central con 44,78% (ver cuadro).

En las categorías de tipo de hotel, cantidad de estrellas y rango de habitaciones, la ocupación más alta se registró en los hoteles de playa, con 79,91%; establecimientos de dos estrellas un 61,44% y aquellos que cuentan entre 30 y 39 habitaciones un 87,59%.

Costarricenses optaron por vacacionar en Guanacaste

Ocupación turismo nacional en Semana Santa 2014
Unidad de Planeamiento
Ocupación
Guanacaste
68,24%
Pacífico Central
66,36%
Puntarenas e Islas del Golfo (incluye Monteverde)
43,95%
Pacífico Sur
40,68%
Caribe
35,7%
Llanuras del Norte
32,34%
Valle Central
13,46%
Ocupación general
41,63%
Fuente: sondeo de CANATUR a 147 establecimientos de hospedaje
En relación con el monitoreo de la ocupación del turismo nacional durante el período de Semana Santa fue de 41,63%, donde la región de Guanacaste fue la que reportó el mayor nivel de demanda interna con 68,24% (ver cuadro).

La preferencia del costarricense por vacacionar en destinos de playa se mantiene, ya que los hoteles ubicados en las costas cerraron con 60,25%, en promedio, de ocupación. En las categorías de estrellas y rango de habitaciones, los hoteles de una estrella y que cuentan de 30 y 39 habitaciones reportaron los niveles más altos con 89% y 61,08%, respectivamente.

Empresarios satisfechos con Semana Santa

La demanda alcanzada por el sector de hospedaje en Semana Santa estuvo acorde a la satisfacción de los empresarios, ya que cerca del 72,79%% de los consultados calificó la demanda entre “Muy buena” y “Buena”; el 15,65% señaló que la ocupación fue regular y el 11,56% indicó que estuvo entre “Mala” y “Muy mala”.


La jerarca de la Cámara señaló que confía iniciar una coordinación con el nuevo Ministro de Turismo, que permita construir acciones para que la demanda de los servicios turísticos mantenga una tendencia positiva que satisfaga la oferta turística que ofrece el país.

Fotografía ilustrativa. Cortesía de Hotel Cuna del Ángel.
 
Luis Alonso Quirós Sánchez

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lunes, 14 de abril de 2014

CANATUR complacida con nombramiento del nuevo Ministro de Turismo


 

Lunes14 de abril 2014. Ante el anuncio del Presidente electo, Luis Guillermo Solís sobre la conformación de su gabinete, la Cámara Nacional de Turismo, mostró su beneplácito con la designación de Wilhelm Von Breyman como nuevo Ministro del Instituto Costarricense de Turismo ICT.

A criterio de CANATUR, Von Breyman cumple con el perfil que el sector turístico había expresado: un profesional proveniente del sector, con amplio conocimiento de la industria turística nacional y de comprobada honorabilidad.

“Estamos satisfechos con el nombramiento del señor Wilhelm Von Breyman al frente del ICT, porque para CANATUR era fundamental que la designación debía recaer en un profesional que tuviera la sensibilidad para tratar con un sector tan dinamizador de la economía nacional, que en este momento requiere ser elevado dentro de las prioridades de la política económica y social del próximo Gobierno, por lo que se espera un gran acercamiento entre Casa Presidencial, ICT y CANATUR”, señaló Isabel Vargas, Presidenta de CANATUR.

La jerarca de la Cámara agregó que la escogencia de un empresario turístico como Ministro del sector, representa una gran oportunidad para posicionar la propuesta de la Visión del Turismo para los próximos diez años, planteamiento liderado por CANATUR, producto de un proceso consultivo celebrado el año anterior, que inclusive el mandatario electo conoció en el mes de octubre, cuando la Cámara lo presentó a los entonces candidatos presidenciales. Este proceso culminará en este año con el Congreso Nacional de Turismo, evento en el que se espera concretar con el aporte de los sectores públicos y privados, la política de Estado en materia turística a largo plazo.

CANATUR presentará una solicitud inmediata con el nuevo Ministro de Turismo, con el objetivo de iniciar la coordinación de temas importantes y toma de decisiones impostergables.

 
Luis Alonso Quirós Sánchez

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jueves, 10 de abril de 2014

Comunicación oficial de CANATUR: 27 municipios aplicarán Ley Seca en Semana Santa


 

Jueves 10 de abril 2014. La Cámara Nacional de Turismo CANATUR, comunica a sus afiliados que 26 municipios aplicarán la prohibición en la venta y comercialización de bebidas con contenido alcohólico durante la Semana Santa.

El dato se desprende de la consulta realizada por CANATUR a los 81 gobiernos locales. Las Municipalidades que adoptarán la medida son las siguientes:

 

Municipalidades que aplicarán Ley Seca en Semana Santa
San José
Puriscal
Aserrí
Alajuelita
Vásquez de Coronado
Acosta
Montes de Oca
Turrubares
Pérez Zeledón
Grecia
Poás
Atenas
Palmares
Heredia
Santa Bárbara
San Isidro
Belén
Flores
Paraíso (solo durante actos religiosos)
La Unión
Turrialba
Oreamuno
El Guarco
Bagaces
Cañas
Esparza
Montes de Oro
 
Fuente: consulta CANATUR a 81 municipios

 

CANATUR y la Cámara Costarricense de Hoteles presentaron la semana anterior un contencioso administrativo para que frenar la prohibición de venta de bebidas alcohólicas en Semana Santa, además de derogar la Ley 7633. Dicha solicitud fue acogida para estudio por el Tribunal Contencioso Administrativo y en los próximos días comunicará si procede la medida cautelar que permita la comercialización de licor durante este período.

Luis Alonso Quirós Sánchez

Imagen y Comunicación Creativa

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viernes, 4 de abril de 2014

Tribunal Contencioso Administrativo estudiará solicitud para frenar Ley Seca


Tribunal Contencioso Administrativo estudiará solicitud para frenar Ley Seca

  • Por el momento, municipalidades podrán aplicar medida el próximo domingo 06 de abril.
  • Tribunal dará plazo de dos días hábiles para que los municipios atiendan notificación.
Viernes 04 de abril 2014. El Tribunal Contencioso Administrativo acogió para estudio la solicitud presentada por la Cámara Nacional de Turismo CANATUR y la Cámara Costarricense de Hoteles CCH, en contra de las Municipalidades de Belén, Guácimo, Heredia, Montes de Oca, Pérez Zeledón, San Rafael de Heredia, San José y San Pablo, para que no apliquen la “Ley Seca”.

La resolución significa que se iniciará el proceso de estudio y notificación a los municipios que prohibirán la comercialización de bebidas con contenido alcohólico, aunque el mismo informó que no procede admitir la medida cautelar de forma provisional para el domingo 06 de abril, día de la segunda ronda electoral, por carecer de “extrema urgencia”, de acuerdo con la comunicación del Tribunal. Así las cosas, los municipios podrán adoptar la prohibición en la venta de bebidas alcohólicas para la segunda ronda electoral.

“Esperábamos la aplicación inmediata para frenar la Ley Seca para el día de las elecciones, sin embargo entendemos y respetamos el fundamento jurídico otorgado por el Tribunal. Confiamos que los municipios atiendan rápido la notificación y se logre dictaminar la medida cautelar para la Semana Santa”, expresó Gustavo Araya, vicepresidente de CCH.

De acuerdo con la resolución del Tribunal, la próxima semana notificará a los gobiernos locales para que en dos días hábiles se refieran a la medida cautelar; después de ello, el proceso deberá resolver si adopta frenar la Ley Seca para Semana Santa.

“Las Cámaras estaremos pendientes de la resolución que dicte el Tribunal. Las municipalidades no pueden privar los derechos de la propiedad privada y la libertad de comercio por medio de un simple acuerdo, ya que esto afecta a una industria que dinamiza la economía nacional con la creación de empleos y que contribuye con los impuestos municipales”, acotó Isabel Vargas, Presidenta de CANATUR.

CANATUR, en conjunto con CCH, presentó el pasado jueves 03 de abril, un contencioso administrativo en contra de ocho municipios que prohibirán la venta de bebidas con contenido alcohólico, alegando que ningún marco jurídico da la potestad a las municipalidades para prohibir actividades comerciales que son consideradas legales en el país, además la solicitud busca la derogatoria tácita de la Ley 7633 que a criterio de las Cámaras ya ha sido sustituida por la Ley 9047, la cual no prohíbe la venta de bebidas alcohólicas para elecciones ni fechas religiosas.

Fotografía: cortesía Hotel & Spa Poco a Poco.

jueves, 3 de abril de 2014

CANATUR y Cámara Costarricense de Hoteles acuden a instancias legales para frenar “Ley Seca”


CANATUR y Cámara Costarricense de Hoteles acuden a instancias legales para frenar “Ley Seca”


  • Contencioso Administrativo pretende derogar Ley 7633 y artículos de los reglamentos de regulación de bebidas alcohólicas de municipios que aplicarán restricción.
  • Cámaras sostienen que Ley 9047 da potestad a las municipalidades para determinar reglas de comercialización de bebidas con contenido alcohólico, pero no para levantar prohibiciones.

Jueves 03 abril 2014. En una acción conjunta, la Cámara Nacional de Turismo, CANATUR, y la Cámara Costarricense de Hoteles CCH, interpusieron hoy jueves, ante el Tribunal Contencioso Administrativo, un proceso legal para frenar definitivamente la aplicación de la denominada “Ley Seca” el día de las elecciones nacionales y en Semana Santa.

La solicitud busca la derogatoria tácita de la Ley 7633 que regula horario, funcionamiento y expendio de bebidas alcohólicas, por ser anterior a la Ley 9047, así como declarar la disconformidad de los artículos de los reglamentos de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, de las Municipalidades de Belén, Guácimo, Heredia, Montes de Oca, Pérez Zeledón, San Rafael de Heredia, San José y San Pablo, sobre la Ley Seca el día de las elecciones, Jueves y Viernes Santos o cualquier otro día que disponga cada Consejo Municipal.

Así mismo, las Cámaras solicitaron como medida cautelar la suspensión de los efectos de los reglamentos municipales cuestionados.

“Hemos solicitado de forma vehemente a los municipios para que no apliquen la restricción de la comercialización y expendio de bebidas alcohólicas en las rondas electorales y en Semana Santa; recientemente se envió dicha petición a los 81 gobiernos locales del país, explicando el perjuicio que genera a la actividad turística y conexas; no obstante, la poca respuesta nos expresa que no ha existido voluntad total para colaborar con el turismo”, manifestó Isabel Vargas, Presidenta de CANATUR.

La acción contenciosa administrativa somete a revisión la solicitud de derogatoria de la Ley 7633 de Regulación de Horarios de funcionamiento en expendios de bebidas alcohólicas, al considerar que con la aprobación de la Ley 9047, Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, se creó un cuerpo legal que se contradice, o al menos confunde algunos elementos de la antigua Ley.

“Existe un pronunciamiento de la Procuraduría General de la República del 2010, donde derogó el artículo 10 de la Ley 7633, por el artículo 188 bis del Código Penal, que es norma posterior. Es evidente entonces que esta Ley que solo consta de 13 artículos y que están enteramente relacionados con el artículo 2 de ese cuerpo legal, quedaría tácitamente derogada por la existencia de una norma posterior, la cual consideramos es la Ley 9047”, argumentó Gustavo Araya, Vicepresidente de CCH.

Nulidad de artículos de los reglamentos de las Municipalidades

A criterio de CANATUR y CCH, si bien es cierto la Constitución dotó a las municipalidades de autonomía, esta libertad no es ilimitada, ni mucho menos puede ser arbitraria.

La Cámara destaca que el artículo cuatro del Código Municipal expresa las facultades de los municipios y ninguna determina la posibilidad de limitar o prohibir una actividad lícita en el territorio de su administración. No existe dentro de la Ley Municipal ninguna normativa que confiera la autoridad a los gobiernos locales para limitar los derechos económicos establecidos en la Constitución Política, por lo que no brinda la facultad de prohibir la comercialización de bebidas alcohólicas.

El documento presentado por ambas Cámaras manifiesta que la prohibición arbitraria y absoluta de las Municipalidades, a través de su propio reglamento, implica una restricción ilegítima en el ejercicio de dos derechos fundamentales de la propiedad privada y la libertad de comercio por medio de un simple acuerdo.

Además, fundamentan que, ni la Ley de Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, el Código Electoral, ni ningún otro instrumento legal, permite la prohibición de la venta de bebidas con contenido alcohólico el día de las elecciones nacionales, Jueves y Viernes Santos, ni cualquier otro día. 

“Que cada Consejo Municipal arbitrariamente decida o interprete la Ley de Comercialización y Regulación de Bebidas con Contenido Alcohólico a su antojo, sería lo mismo como si algún gobierno local, por ejemplo, autorizara la venta de Bebidas con Contenido Alcohólico únicamente a personas mayores de 21 años, porque así lo establezca el Consejo, apegándose al principio de “autonomía municipal”, ya que considerarían que la mayoría de edad de los 18 años para el consumo de licor es solo un mínimo y el municipio podría modificarlo a partir de una interpretación propia. Lamentablemente las municipalidades interpretaron que la Ley, en su artículo 26 al hablar de reglamento, les dio la potestad de impedir la venta de una actividad que al menos en Costa Rica aún es legal”, afirmó Araya.

CANATUR y CCH indicaron que la Ley 9047 faculta a los municipios a determinar las reglas o procedimientos a los que deben ajustarse los negocios sobre comercialización de bebidas con contenido alcohólico y consumo de licor y no para  ampliar esta interpretación a medidas para prohibir durante 24, 48 y hasta 72 horas la restricción de una actividad completamente legal y lícita, pues la propia legislación no les dio esa potestad, ya que, de ser así, clara y explícitamente la norma debió establecer el término “prohibir”.

“Si la Ley 9047, en su artículo 26, no prevé la prohibición de la bebidas alcohólicas en el día de las elecciones o Semana Santa, jamás podría considerarse que los municipios apliquen esta restricción vía reglamentaria”, concluyó Vargas.

CANATUR y CCH esperan que el Tribunal Contencioso Administrativo acoja dicha acción y que aplique la medida antes del domingo 06 de abril, día de la segunda ronda electoral.